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sábado, 16 de febrero de 2013

Diferencias entre Servicios Sociales Comunitarios o de Atención Primaria y Servicios Sociales Especializados o de Atención Especializada

Servicios Sociales Comunitarios  o de Atención Primaria

Asumen las competencias de atención a las necesidades de intervención social, de carácter individual o colectiva, proporcionando a tal efecto:
- La prestación de trabajo social por medio de profesionales especializados, a través de los Centros Municipales de Servicios Sociales,
- Desarrollando los programas que ya se están prestando en esta ámbito comunitario, y los que puedan ir incorporándose paulatinamente, orientados a garantizar las prestaciones básicas de servicios sociales.

Funciones Generales:
  1. Primera orientación e información.
  2. Detectar y valorar situaciones de necesidad.
  3. Proporcionar recursos que faciliten la integración y la participación social.
  4. Realizar actuaciones preventivas.
  5. Gestionar los Servicios Sociales de Atención Primaria.
  6. Colaborar con Servicios Sociales de Atención Especializada.   


Servicios Sociales Especializados

Desarrollan programas de intervención social, individual o colectiva, que se desarrollan en la actualidad y los que puedan incorporarse, orientados a colectivos específicos (mayores, prevención y detección de menores en situación de riesgo social, discapacitados, prevención de adicciones y drogodependencias, y los programas de integración de inmigrantes). 
El fin de estos programas es el fomento de actitudes y niveles convivenciales de respeto y tolerancia mutua, aceptando el hecho diferencial como una riqueza multicultural, así como la implantación de programas sociales relacionados en el ámbito de la salud. 

También les corresponde la propuesta, implantación y desarrollo de los programas de igualdad, y la prevención y atención al maltrato y a la violencia sobre la mujer.

Funciones generales: 
  1. Evaluar y diagnosticar situaciones de desprotección severa.
  2. Prevenir y atender situaciones de dependencia y promover la autonomía personal.
  3. Valorar y determinar el acceso a las prestaciones económicas propias.
  4. Resolver intervenciones específicas con personas en situación de necesidad.
  5. Gestionar centros, recursos, programas y prestaciones específicas.
  6. Dar apoyo técnico y prestar colaboración a Servicios Sociales de Atención Primaria.     
 
Equipamientos: Servicio Social de...  
  • Familia.
  • Infancia.
  • Juventud.
  • Personas mayores.
  • Personas con discapacidad.
  • Personas con enfermedad mental.
  • Atención a la dependencia.
  • Personas drogodependientes.
  • Mujer.    



Bibliografía:
Decreto de la Alcaldía de 4 de octubre de 2010, por el que se establece la organización y estructura pormenorizada de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Zaragoza.

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