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viernes, 29 de marzo de 2013

Diferencia entre: "Sistema Público de Servicios Sociales", "Servicios sociales de responsabilidad pública" y "Sistema de servicios sociales"



Ley de Servicios Sociales de Aragón 5/2009:


1. El sistema de servicios sociales está integrado por el conjunto de recursos, prestacio­nes, planes, programas, proyectos, equipamientos y equipos técnicos, de titularidad pública y privada, que se destinan a la atención social de la población y contribuyen de forma integrada y coordinada a la consecución de los objetivos de las políticas de servicios sociales. 


2. El Sistema Público de Servicios Sociales está integrado por el conjunto de servicios sociales de titularidad pública, tanto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Ara­gón como de las entidades locales aragonesas integradas en el mismo, que ajustarán su ac­tuación a lo previsto en esta Ley. 



3. El sistema de servicios sociales de responsabilidad pública estará formado tanto por los servicios propios del Sistema Público como por los de titularidad privada que provean presta­ciones sociales públicas de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
 

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