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martes, 23 de abril de 2013

Escala Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD)



El real decreto 174/2011, se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

Se habilita al titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad para dictar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, la dependencia es “el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal”.

El Baremo de Valoración de la Dependencia (en adelante, BVD) permite determinar las situaciones de dependencia moderada, dependencia severa y de gran dependencia,

a) Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 25 a 49 puntos.

b) Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 50 a 74 puntos.

c) Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 75 a 100 puntos.

La aplicación del BVD se fundamentará en los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre su entorno habitual, así como en la información obtenida mediante la observación, la comprobación directa y la entrevista personal de evaluación llevadas a cabo por profesional cualificado y formado específicamente para ello.  Además:

En la cumplimentación del formulario del BVD se identificará el nivel de desempeño de todas las tareas consideradas, así como el problema de desempeño, el tipo y frecuencia de los apoyos necesarios en aquellas tareas en las que quede demostrada una situación de dependencia.

A efectos de aplicación del BVD se define “desempeño”  como la capacidad individual para llevar a cabo por sí mismo, de una forma adecuada, y sin apoyos de otra u otras personas, actividades o tareas en su entorno habitual, valorándose las barreras y facilitadores de su entorno físico, y que a los menores de 18 años se deberá poner en relación con el nivel de desarrollo propio de la edad del solicitante en el momento de la valoración.

En las tareas en que se presente situación de dependencia se identificarán los problemas de desempeño según su relación con el funcionamiento físico y mental de la persona valorada, y el tipo y frecuencia del apoyo de otra u otras personas.

Se valoran dentro y fuera del hogar las tareas incluidas en las actividades de comer y beber, higiene personal relacionada con la micción y la defecación, mantenimiento de la salud y tomar decisiones, así como las tareas de abrir y cerrar grifos, lavarse las manos de la actividad de lavarse; y, acceder al exterior de la actividad de desplazarse fuera del hogar.



INSTRUCCIONES PARA APLICACIÓN DEL BAREMO DE VALORACIÓN DE LOS GRADOS Y NIVELES DE DEPENDENCIA (BVD)

El Baremo de Valoración de Dependencia (BVD), junto con la Escala de Valoración Específica (EVE), fue aprobado a principios del año 2007 como el instrumento para establecer el reconocimiento administrativo de los grados y niveles de dependencia a efectos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Procedimientos generales de aplicación:

La aplicación del BVD se realiza empleando cuatro procedimientos para obtener la información:

  • Los informes de salud y del entorno de la persona a valorar.
  • La entrevista.
  • La observación y comprobación directa.
  • La aplicación de pruebas en un contexto estructurado.

Los informes de salud y del entorno constituyen el punto de partida en el proceso de valoración en tanto que permiten examinar las condiciones de salud de la persona que pueden afectar a su funcionamiento en las actividades de la vida diaria, así como el contexto (ambiental y personal) en el que éstas se desarrollan.

La revisión del informe de salud debe realizarse de forma previa a la valoración, con la finalidad de conocer y analizar las condiciones de salud que alega la persona como causa potencial del estado de dependencia. La lectura del informe(s) de salud debe realizarse de forma crítica, con el fin de anotar y conocer los aspectos más importantes a tener en cuenta de cara a la valoración. Estos incluirán:

- Análisis de los diagnósticos de salud que originan deficiencias permanentes.

- Análisis de los diagnósticos de salud que originan un estado estable con posibilidad de mejoría.

- Análisis de los diagnósticos que cursan por brotes.


Antes de comenzar a cumplimentar la valoración y de empezar a formular preguntas se recomienda: 

Conversar brevemente con la persona que se va a valorar y/o con su representante, especialmente con las personas cuidadoras presentándose e informándoles del propósito de la entrevista. Se debe infundir confianza y explicarle el procedimiento de la valoración, incidiendo en que deben informar sobre su funcionamiento cotidiano de la forma más precisa posible.

La observación y comprobación directa constituye un instrumento complementario y no estructurado que se emplea a fin de completar y contrastar la información disponible sobre la salud y analizar el entorno en el que se desenvuelve la persona que se valora. Se intentará constatar la información de las limitaciones de la persona en la actividad, obtenida mediante la entrevista. Sería ideal que la observación se prolongara durante varias semanas y en diferentes momentos del día, pero las condiciones de la valoración no hacen esto posible. En consecuencia, se recomienda combinar la observación y comprobación directa con la aplicación de pruebas a lo largo de la visita de valoración. La aplicación de pruebas deberá ajustarse a cada caso particular en función de las condiciones de salud de la persona.



Valoración de colectivos específicos:
  • Menores de edad, distinguir el apoyo por sobreprotección de los padres y de las madres de la necesidad real de apoyo.
  • Personas con limitación visual y/o auditiva,

Si la limitación es auditiva se les debe hablar de forma clara, vocalizando bien y sin taparse la boca. Procurar mantener bien visibles los labios y hablar a ritmo y volumen normal mirándoles directamente a la cara.

Si la persona es sordociega la valoración se apoyará con la colaboración de personal especializado (guía intérprete o mediador) que asegure una eficaz comunicación.
  • Personas con discapacidad intelectual,  enfermedad mental y otras condiciones de salud que afecten el funcionamiento mental: no se les debe presionar para que den una determinada información. Es mejor tener una información incompleta de la propia persona que no tenerla.

  • Personas con dificultad para la comunicación:

En el caso de personas sordas que sean usuarias de Lengua de Signos y no sea posible para llevar a cabo la comunicación con el/la profesional de valoración, se requerirá a la persona valorada la presencia de intérprete durante la valoración



DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Y TAREAS

1. VALORACIÓN EN “COMER Y BEBER”

Reconocer y/o alcanzar los alimentos servidos, Cortar o partir la comida en trozos, Usar cubiertos para llevar la comida a la boca, Acercarse el recipiente de bebida a la boca.



2. VALORACIÓN EN “HIGIENE PERSONAL RELACIONADA CON LA MICCIÓN Y DEFECACIÓN”

Acudir a un lugar adecuado, Manipular la ropa, Adoptar o abandonar la postura adecuada, y Limpiarse.



3. VALORACIÓN EN “LAVARSE”

Abrir y cerrar grifos, Lavarse las manos, Acceder a la bañera, ducha o similar, Lavarse la parte inferior del cuerpo, Lavarse la parte superior del cuerpo.



4. VALORACIÓN EN “OTROS CUIDADOS CORPORALES”

Peinarse, Cortarse las uñas, Lavarse el pelo, Lavarse los dientes.



5. VALORACIÓN EN “VESTIRSE”

Reconocer y alcanzar la ropa y el calzado, Calzarse, Abrocharse botones o similar, Vestirse las prendas de la parte inferior del cuerpo, Vestirse las prendas de la parte superior del cuerpo.



6. VALORACIÓN EN “MANTENIMIENTO DE LA SALUD”

Solicitar asistencia terapéutica, Aplicarse las medidas terapéuticas recomendadas, Evitar situaciones de riesgo dentro del domicilio, Evitar situaciones de riesgo fuera del domicilio, Pedir ayuda ante una urgencia.



7. VALORACIÓN DE CAMBIAR Y MANTENER LA POSICIÓN DEL CUERPO

Cambiar de tumbado a sentado en la cama, Permanecer sentado, Cambiar de sentado en una silla a estar de pie, Permanecer de pie Cambiar de estar de pie a sentado en una silla, Transferir el propio cuerpo mientras se está sentado, Transferir el propio cuerpo mientras se está acostado, Cambiar el centro de gravedad del cuerpo mientras se está acostado.



8. VALORACIÓN DE “DESPLAZARSE DENTRO DEL HOGAR”

Realizar desplazamientos para vestirse, para comer, para lavarse, Realizar desplazamientos no vinculados al autocuidado y entre estancias no comunes, Acceder a todas las estancias comunes del hogar.



9. VALORACIÓN DE “DESPLAZARSE FUERA DEL HOGAR”

Acceder al exterior, Realizar desplazamientos alrededor del edificio, Realizar desplazamientos cercanos en entornos conocidos y cercanos en entornos desconocidos, Realizar desplazamientos lejanos en entornos conocidos, o realizar desplazamientos lejanos en entornos desconocidos.

domingo, 14 de abril de 2013

Escala de valoración especifica EVE



El Baremo de Valoración de Dependencia (BVD), junto con la Escala de Valoración Específica (EVE), fue aprobado a principios del año 2007 como el instrumento para establecer el reconocimiento administrativo de los grados y niveles de dependencia a efectos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

En personas menores de tres años, serán objeto de valoración las situaciones originadas por condiciones de salud de carácter crónico, prolongado o de larga duración, o de frecuente recurrencia.

La valoración de las personas de entre 0 y 3 años tendrá carácter no permanente, estableciéndose revisiones de oficio periódicas a los 6, 12, 18, 24 y 30 meses.
A los 36 meses todas las personas deberán ser de nuevo evaluadas con el BVD para personas mayores de 3 años. La EVE permite establecer tres grados de dependencia, moderada, severa y gran dependencia que se corresponde con la puntuación final de 1 a 3 puntos obtenida en su aplicación.

En la valoración de la situación de dependencia en personas desde su nacimiento hasta los tres años de edad, se consideran determinadas variables de desarrollo agrupadas en funciones y actividades en el área motora y/o en el área adaptativa. y la necesidad de medidas de apoyo derivadas de una condición de salud por bajo peso en el momento del nacimiento, por precisar medidas de soporte vital para mantener determinadas funciones fisiológicas básicas y/o requerir medidas terapéuticas que inciden sobre la capacidad de movilidad de la persona.

VARIABLES DE DESARROLLO, Actividad motriz: Funciones y actividades de movilidad. Se valora desde el momento del nacimiento hasta los 36 meses.

1-    Ajusta el tono muscular.
2-    Mantiene la postura simétrica.
3-    Tiene actividad espontánea.
4-    Sujeta la cabeza.
5-    Se sienta con apoyo.
6-    Gira sobre sí mismo
7-    Se mantiene sentado sin apoyo.
8-    Sentado sin apoyo, se quita un pañuelo de la cara.
9-    Pasa de tumbado a sentado.
10-  Se pone de pie con apoyo.
11-  Da pasos con apoyo.
12-  Se mantiene de pie sin apoyo.
13-  Anda solo.
14-  Sube escaleras sin ayuda.
15-  Empuja la pelota con los pies.
16-  Baja escaleras sin ayuda.
17-  Traslada recipientes con contenido.
18-  Anda sorteando obstáculos.
19-  Se mantiene sobre un pie sin apoyo.


VARIABLES DE DESARROLLO, Actividad adaptativa: Funciones y actividades de adaptación al medio, valorando el hito de la edad correspondiente y todos los anteriores.

1. Succiona
2. Fija la mirada
3. Sigue la trayectoria de un objeto.
4. Sostiene un sonajero.
5. Tiende la mano hacia un objeto.
6. Sostiene un objeto en cada mano.
7. Pasa un objeto de una mano a otra.
8. Recoge un objeto con oposición del pulgar.
9. Tira de un cordón para alcanzar un juguete
10. Manipula el contenido de un recipiente.
11. Abre cajones.
12. Bebe solo.
13. Usa cubiertos para llevar la comida a la boca.
14. Se quita una prenda de vestir.
15. Reconoce la función de los espacios de la casa.
16. Imita trazos con el lápiz
17. Abre una puerta
18. Se pone una prenda de vestir.
19. Abre un grifo.





NECESIDADES DE APOYO EN SALUD. Peso al nacimiento:   Peso recogido en Informe clínico del parto, Informe de alta hospitalaria, o Historia clínica desde el nacimiento hasta los 6 meses.


NECESIDADES DE APOYO EN SALUD.Medidas de soporte para funciones vitales: necesidad de utilizar medidas de soporte terapéutico como apoyo a funciones fisiológicas básicas de alimentación, respiración, función renal y/o urinaria, control del dolor e inmunidad. Se valora desde el momento del nacimiento hasta los 36 meses.



NECESIDADES DE APOYO EN SALUD. Medidas para la movilidad: necesidad de utilizar medidas de soporte terapéutico que inciden en funciones relacionadas con el movimiento. Se definen como medidas facilitadoras de la movilidad, la utilización de prótesis, órtesis, casco protector. Se definen como medidas restrictivas de la capacidad de movimiento la necesidad de: fijaciones músculo-esqueléticas, protección lumínica, vendaje corporal, de procesador del implante coclear y de bomba de insulina.